¿Cuál es la diferencia entre ley orgánica y ley ordinaria?

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17 de abril de 2024

Si no tienes clara cuál es la diferencia entre ley orgánica y ley ordinaria, en este artículo podrás resolver tus dudas de una vez por todas.

Ten en cuenta que es una pregunta clásica en muchas oposiciones, por lo que es importante que la domines a la perfección.

¿Dónde se regula la diferencia entre ley orgánica y ley ordinaria?

Dentro del concepto general de «ley», existe una distinción clave en el ordenamiento jurídico español:

  • Leyes ordinarias.
  • Leyes orgánicas.

El fundamento de esta distinción se estableció en la Constitución Española de 1978. En concreto, el texto constitucional habla de las leyes orgánicas en su artículo 81.

No obstante, también hace otras referencias a este tipo de normas en distintos artículos del texto.

¿Por qué se hace esta distinción?

La clave de la diferenciación entre leyes ordinarias y leyes orgánicas radica en la importancia de la materia que va a regularse.

Se trata con las leyes orgánicas, en definitiva, de que se requiera un mayor consenso a la hora de regular ciertos temas y que no puedan modificarse de forma tan sencilla.

Así, se habla de «materias reservadas» a leyes orgánicas, como ahora veremos.

Diferencias entre ley orgánica y ley ordinaria

En consecuencia, la diferencia entre ley orgánica y ley ordinaria se resume en dos cuestiones fundamentales:

Materias reservadas a leyes orgánicas

Efectivamente, la característica más destacada de las leyes orgánicas es que la Constitución les reserva un determinado número de materias que no pueden regularse mediante leyes ordinarias.

Así, según el mencionado artículo 81, son leyes orgánicas:

  • Las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas.
  • Las que aprueben los Estatutos de Autonomía.
  • Las que aprueben el régimen electoral general.
  • Las demás previstas en la Constitución. En esta última sección, podemos mencionar, por ejemplo:
    • Bases de la organización militar.
    • Regulación del Defensor del Pueblo.
    • Abdicaciones y renuncias a la Corona.
    • Elección de Senadores.
    • Formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley.
    • Condiciones y procedimientos de referéndum.
    • Celebración de determinados tratados internacionales que afecten a competencias reguladas en la Constitución.
    • Funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad.
    • Regulación del Consejo de Estado.
    • Estados de alarma, de excepción y de sitio.
    • Regulación del Poder Judicial.
    • Déficit estructural máximo.
    • Regulación del Tribunal de Cuentas.
    • Regulación del Tribunal Constitucional.
    • Alteración de límites provinciales.
    • Determinadas transferencias o delegaciones de competencias del Estado a las Comunidades Autónomas.
    • Etc.

El resto de materias pueden regularse a través de leyes ordinarias.

Esto no significa que las leyes orgánicas ocupen una posición superior en la jerarquía normativa respecto de las leyes ordinarias.

Así, la diferenciación se establece únicamente por razón de la materia.

Mayoría necesaria para su aprobación y modificación

La otra gran diferencia que existe entre una ley orgánica y una ley ordinaria es la forma en la que debe aprobarse:

  • La aprobación o modificación de una ley orgánica requiere mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto. Esto significa que deben votar a favor, como mínimo, la mitad más uno del número de diputados que forman el Congreso (no de los presentes). Por tanto, se necesitan al menos 176 votos a favor (ya que el Congreso está compuesto por 350 diputados).
  • Para aprobar o modificar una ley ordinaria, basta con mayoría simple. Es decir, es suficiente con que haya más votos a favor que en contra, por parte de los diputados que estén presentes en el Congreso en el momento de la votación.

Por lo demás, el procedimiento para tramitar ambos tipos de leyes es prácticamente el mismo, con alguna pequeña excepción.

Otras normas con rango de ley

Aunque formalmente no se consideren leyes en sentido estricto, hay otros dos tipos de normas a los que la Constitución les reconoce rango de ley:

  • Decretos-ley: es una norma con rango de ley de carácter provisional que puede ser dictada por el Gobierno «en caso de extraordinaria y urgente necesidad» (artículo 86.1 de la Constitución). No pueden afectar a determinadas materias y deben ser convalidados (o, en su caso, derogados) por el Congreso de los Diputados en el plazo máximo de 30 días desde su promulgación.
  • Decretos legislativos: se trata de una disposición normativa con rango de ley que procede del Gobierno. Para poder dictarse, las Cortes (como poder legislativo) deben delegar previamente esta facultad en el poder ejecutivo. Por eso se denominan también «legislación delegada». Ten en cuenta que no todas las materias son susceptibles de este tipo de delegación.

Ahora que ya sabes cuál es la diferencia entre ley orgánica y ley ordinaria, seguro que te resultará más fácil estudiar estas materias, que forman parte del programa de numerosas oposiciones.

¡Ánimo y suerte!

Referencias

  • Diferencias entre ley orgánica y ley ordinaria. (2024, marzo 26). | TemariosenPDF. https://www.temariosenpdf.es/blog/diferencias-ley-organica-ley-ordinaria/
  • Wikipedia contributors. (s. f.-a). Ley ordinaria. Wikipedia, The Free Encyclopedia. https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Ley_ordinaria&oldid=159463887
  • Wikipedia contributors. (s. f.-b). Ley orgánica (España). Wikipedia, The Free Encyclopedia. https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Ley_org%C3%A1nica_(Espa%C3%B1a)&oldid=162748318

Rubén Vizcaíno

«Licenciado en Derecho (rama económico-empresarial) y funcionario del grupo A1 en excedencia. Como redactor profesional, se especializa en el ámbito del empleo público y la formación online, trabajando para diversas empresas y universidades, además de desarrollar un proyecto propio en el mismo sector (SoloEduca).»
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